Servicios ACHEL

Ejecutivos Leasing Achel

Aldo Massardo G.
Banco Security

Teléfono: (56 2) 25844753

Dirección: Apoquindo 3150, Las Condes.

Mail: amassardo@security.cl

José Tomás Antúnez D.
Banco BICE

Teléfono: (56 2) 26922000

Dirección: Av. Apoquindo 3846, Las Condes.

Mail: jose.antunez@bice.cl

Fabián Gaete
latam trade capital

Teléfono: 224829000

Dirección: ApoquindoNº3885, Piso 19. Las Condes

Mail: fabian.gaete@incofin.cl

Hernán Bustamante
Banco Internacional

Teléfono: 229697209

Dirección: Av. Apoquindo 6750, piso 14, La Condes

Mail: hbustamante@bancointernacional.cl

Heverton mata
DLL

Teléfono: +56 22 935 3900

Dirección: Cerro El Plomo 5260, Torre B, Piso 10, Las Condes.

Mail: heverton.mata@dllgroup.com

SALOMÓN DÍAZ
PROGRESO

Teléfono:(56-2) 2 440 2300

Dirección: Miraflores 222, piso 25, Santiago.

Mail: salomon.diaz@progreso.cl

Preguntas Frecuentes

¿Qué es un Leasing?

Leasing, una óptima alternativa de financiamiento.
Cuando un negocio, o empresa, está en proceso de crecimiento o requiere renovar máquinas y equipos que comienzan a quedar obsoletos, existen dos disyuntivas: qué maquinas comprar y cómo financiarlas. La primera incógnita se despeja analizando los elementos técnicos que determinan marca, capacidad, proveedor, respaldo técnico, etc. como una forma de aumentar la productividad y mantenerse competitivo en una economía cada vez más exigente.

Sin embargo, el segundo punto presenta variables de particular interés al momento de decidir entre las dos principales alternativas: El Leasing y el Crédito Bancario.

El Leasing es un servicio financiero que obedece a necesidades de financiamiento de bienes de capital orientado a la pequeña y mediana industria como así a la gran empresa.

Este sistema de financiamiento consiste en el arrendamiento de un bien de capital por un período de tiempo previamente estipulado, durante el cual el arrendatario paga periódicamente la renta de arrendamiento acordada en el contrato a la compañía de Leasing, lo que le da derecho a usar el bien desde el momento en que su contrato de Leasing lo estipula. Al término del período de arrendamiento el arrendatario podrá optar por comprar el bien, en cuyo caso deberá pagar la opción de compra.

De seguros:

¿Se debe contratar seguros?
Siempre, y por el mismo plazo al que se está financiando el bien. Son contratados por el Arrendador y el cliente los cancela mensualmente ya que se incluyen en la renta.

¿Qué acciones debe seguir el cliente al sufrir un siniestro?
El cliente deberá dejar constancia o denuncia en Carabineros, y luego avisar al Arrendador y a la Compañía Aseguradora.

Ante un siniestro… ¿El cliente está obligado a seguir cancelando las cuotas de Leasing?
Sí, dado que esta herramienta es sólo un mecanismo de intermediación financiera.

¿Qué montos cubre el Seguro?, ¿El valor del bien o el saldo residual de la operación de leasing?
Cubre el 100% del valor comercial de los bienes, por lo tanto, en caso de perdida total, dependiendo del tiempo transcurrido de la operación, existen tres posibilidades en la liquidación:

– Que el monto de la indemnización sea mayor al valor residual de la operación, en cuyo caso el diferencial se traspasa al cliente.

– Que el monto de la indemnización sea igual al valor residual de la operación.

– Que el monto de la indemnización sea menor al valor residual de la operación, en cuyo caso el diferencial debe ser pagado directamente por el cliente.

Tributarias:

¿Quién factura el aporte o pie que cancela el cliente al Proveedor?
Siempre la Factura será emitida por la empresa de leasing.

El cliente ¿Puede recuperar el IVA?
Cuando se adquieren bienes afectos a IVA lo recupera en forma mensual ya que por cada cuota cancelada el Arrendador le emite una Factura.

¿Se puede recuperar IVA sobre bienes raíces?
Solo en algunos casos especiales:
1. Compra ó construcción de oficinas, locales comerciales y propiedades industriales:
El contrato de leasing quedará afecto a IVA cuando la compra se realice sobre un inmueble y/o instalaciones o maquinarias que permita el ejercicio de una actividad comercial o industrial. Ejemplo : Compra a través de leasing de una oficina con equipamiento y/o mobiliario.

2. Compra de terrenos:
El contrato de leasing sobre terrenos, no está afecto a IVA ya que éste, por si solo, no permite el ejercicio de una actividad comercial o industrial, aunque nuestro cliente sea una Sociedad Inmobiliaria o Empresa Constructora. Si estará afecto a IVA, cuando la compra del terreno este asociada a un Proyecto de Construcción que permita desarrollar en él una actividad comercial o industrial. Ejemplo: Financiamiento a través de Leasing de un terreno de uso industrial sobre el cual se construye bodegas incorporando equipamiento mínimo para ejercer una actividad comercial equipos eléctricos, equipos telefónicos, muebles).

Para transportistas:
Al financiar camiones para transporte internacional,
¿Se necesita algún trámite especial? ¿Qué debe hacer el cliente?
Sí, se requiere autorización especial del Arrendador para salir del país.

Para el transporte internacional, ¿Se requiere seguro especial?
Sí, debido a que los seguros habituales solo cubren siniestros dentro del territorio nacional.

Temas inmobiliarios:

¿Se puede financiar construcciones?
Sí, y se giran los fondos contra estados de avance.

¿Se puede efectuar modificaciones en un inmueble financiado por Leasing?
Solo con autorización expresa del Arrendador.

¿El cliente, puede vender el bien o alguno de los bienes durante la vigencia del Contrato de Leasing?
Sí, para lo cual tiene dos mecanismos: Prepago o Novación.
1. A través de Prepago: Dado que a través de un solo contrato, se puede financiar uno o más bienes, existe el prepago total o parcial dependiendo de lo que se esté enajenando.

2. A través de Novación: El cliente puede vender sus bienes en Leasing traspasando (novando) el Contrato con lo cual se mantienen las condiciones del financiamiento. Para estos casos, el nuevo deudor debe ser evaluado y aprobado por el arrendador

¿El cliente puede subarrendar él o los bienes financiados por Leasing?
Sí, en la medida que cuente con autorización expresa del Arrendador.

¿Se puede financiar con período de gracia?
Sí, en aquellos casos en que el flujo del cliente sea estacional y se apruebe por el arrendador.

¿Las cuotas pueden tener una periodicidad distinta a la mensual?
Sí, pueden ser trimestrales, semestrales, etc.

¿El cliente puede ceder la Opción de Compra a un tercero?
Sí, y debe materializarse a través de un documento notarial llamado «Cesión de Opción de Compra» y en el cual se establezca un precio de traspaso que sumado al monto de la Opción de Compra corresponda al valor comercial del bien.

Si el cliente devuelve el bien antes de cancelar la última cuota de arrendamiento,
¿Cesa su obligación con la empresa de leasing?
No, el cliente deberá continuar cancelando su Contrato de Leasing.

¿Monto máximo a financiar a través de una operación de Leasing?
Hasta el 100% del menor valor entre tasación y precio de compra-venta.

¿Monto máximo a financiar a través de una operación de Lease-Back?
Inmobiliarios, hasta el 90% del valor de tasación.·Vehículos y equipos de transportes, hasta el 70% del valor de tasación.·Maquinaria industrial, equipos computacionales y equipos de oficinas, hasta el 60% del valor de tasación.

¿Se puede realizar una operación de Leasing en la cual el vendedor del bien está relacionado con el cliente?
Sí, pero para determinar el monto máximo a financiar su tratamiento se asimila a una operación de Lease-Back, es decir, máximo un 90% del valor de tasación.